Leo en el BOE de hoy: “Resolución de 25 de febrero de 2015, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se convocan subvenciones destinadas a proyectos de atención a mujeres y niñas víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas menores o con discapacidad, correspondiente a 2015

mujeres niñas ¿Pero qué es esto?. Que ayer fuera el “Día de la Mujer” no debe implicar que se cometa hoy tan tamaña estupidez. Deben atenderse por igual las víctimas de la trata de seres humanos con fines de explotación sexual, sin que me parezca ni lógica ni aceptable que sólo se destine dinero a subvencionar la atención de las víctimas que resulten ser mujeres o niñas, sin que niños explotados, por ejemplo, puedan recibir tales atenciones (ser los destinatarios de proyectos de atención).

Que en el tercer párrafo del preámbulo de dicha Resolución diga “La trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual, sus principales víctimas, constituye una de las vertientes más crueles de este delito. Es, en realidad, una manifestación más de la situación de desigualdad en la que se encuentran las mujeres en muchos lugares del mundo y constituye una clara expresión de la violencia contra la mujer” viene a demostrar que saben que aún siendo sus principales y mayoritarias víctimas, no son las únicas víctimas (hay niños, por ejemplo). ¿No merecen ser atendidos? ¿No podría ser una convocatoria para “proyectos de atención a víctimas de trata de seres humanos y sus hijos e hijas menores o con discapacidad”?

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